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Aceptan nuestra recomendación sobre una reclamación por avería interna en el suministro de agua

Queja número 14/5750

El Servicio de Consumo de la Junta de Andalucía en Granada, y el Ayuntamiento de Víznar (Granada), aceptan nuestras Recomendaciones relacionadas con la tramitación de una reclamación por avería en las instalaciones interiores de suministro de agua, y sobre la situación del contrato de suministro de agua del promotor de queja.

El Defensor del Pueblo Andaluz recomendaba, por un lado, a la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Granada que se retrotrayesen las actuaciones desarrolladas por el Servicio de Consumo en la tramitación de una reclamación por avería en las instalaciones interiores de suministro de agua con objeto de clarificar determinadas circunstancias relacionadas con el estado de conservación de la red y la presión de suministro.

Asimismo se recomendaba que, en caso de que no pudieran esclarecerse las anteriores circunstancias, se resolviese la reclamación en favor del consumidor, aplicando una facturación de consumo estimado al período afectado.

Igualmente se recomendaba que se diese respuesta expresa a las denuncias formuladas ante el Servicio de Consumo en las que el interesado instaba al ejercicio de la potestad sancionadora frente a Aguasvira por posibles infracciones a la normativa de protección de las personas consumidoras.

Y, por último, se recomendaba con carácter general que se apliquen las reglas de procedimiento administrativo relativas a la suspensión de actos cuando se formule recurso de alzada frente a la desestimación de una reclamación en materia de suministro de agua.

Por otro lado, formulaba Resolución al Ayuntamiento de Víznar por la que pedía una respuesta a la solicitud de copia del contrato de suministro de agua efectuada por el promotor de queja. Asimismo, se recomendaba que se clarificase al interesado la situación de su contrato de suministro y las especificaciones técnicas que debían regir el mismo.

Por otro lado se recomendaba el inicio de una investigación relativa a los posibles incumplimientos de las obligaciones que corresponden a la empresa gestora en relación con la conservación de instalaciones y la garantía de presión para que, en su caso, se adoptasen las medidas correctoras oportunas.

Al efecto, se recibe informe de la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Granada indicando que se ha elevado propuesta en la tramitación del recurso de alzada para que se retrotraigan las actuaciones del expediente de reclamación tramitado por el Servicio de Consumo con objeto de dejar acreditado si el estado de conservación de la red y la presión de suministro en el momento de producirse los hechos (o fecha inmediatamente posterior) se ajusta a las previsiones normativas de aplicación y si existe relación entre dichas circunstancias y la avería que se produjo en las instalaciones interiores. Asimismo se ha propuesto que, si no pudieran esclarecerse las circunstancias expuestas, se resuelva la reclamación en favor del consumidor aplicando una facturación de consumo estimado al período afectado.

Por otra parte informan que razones de eficacia, de eficiencia e incluso de prudencia jurídica aconsejan no pronunciarse sobre la posibilidad o no de iniciar un procedimiento sancionador contra la empresa denunciada en tanto la resolución impugnada sea definitiva.

En cuanto a la Recomendación relativa a la suspensión de actos recurridos en alzada se nos indica que se tendrá en cuenta a la hora de resolver futuras reclamaciones.

Por parte del Ayuntamiento, se recibe respuesta indicando que se aceptan las recomendaciones formuladas por esta Institución.

De acuerdo con la información recibida, se deduce la aceptación de las Recomendaciones concretadas en la Resolución formulada por el Defensor del Pueblo Andaluz, por lo que se dan por concluidas nuestras actuaciones ante el referido organismo. 

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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