En relación con la regulación del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF), deseo mostrar mi disconformidad con el tiempo que ha tardado la Agencia Tributaria en practicar la devolución del impuesto correspondiente a mi declaración de ingresos del ejercicio anterior. Tampoco me parece justo que no exista un tratamiento fiscal más ventajoso para las personas que padecemos algún tipo de minusvalía. Por todo ello he presentado una reclamación ante la administración tributaria, pero aún no he recibido respuesta.
El Defensor del Pueblo Andaluz no podría estudiar este caso, ya que los hechos vienen referidos a la actuación de un Organismo Público que no pertenece a la Junta de Andalucía (ya que depende de la Administración del Estado, Ministerio de Economía y Hacienda), y por consiguiente se encuentra fuera del campo de supervisión de esta Institución.
No obstante, en estos casos, el Defensor del Pueblo Andaluz remite el escrito de queja al Defensor del Pueblo de las Cortes Generales, en Madrid, y así se lo comunica a la persona interesada.
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