No estoy conforme con la sentencia judicial que acabo de recibir porque creo que no es justa, creo que no se han escuchado mis argumentos ni se me han respetado mis derechos en el procedimiento judicial. Mi abogado me ha informado que no puedo recurrir la sentencia. ¿Podría revisarla el Defensor del Pueblo Andaluz o al menos podría intentar que el juez cambiara la resolución?
Las decisiones adoptadas por los Juzgados y Tribunales en el ejercicio de su función jurisdiccional, no son susceptibles de revisión por parte de instituciones ajenas al Poder Judicial. Así lo proclama la Constitución Española en su artículo 117.3 al decir que "El ejercicio de la potestad jurisdiccional en todo tipo de procesos, juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado, corresponde exclusivamente a los Juzgados y Tribunales determinados por las leyes, según las normas de competencia y procedimiento que las mismas establezcan".
En consecuencia, el Defensor del Pueblo Andaluz no podría estudiar este caso ya que, al no ser institución integrante del Poder Judicial, no puede revisar ni modificar la resolución judicial.
En consecuencia, el Defensor del Pueblo Andaluz no podría estudiar este caso ya que, al no ser institución integrante del Poder Judicial, no puede revisar ni modificar la resolución judicial.
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