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Su hijo podrá disponer de una prótesis para suplir su ausencia de una mano

Queja número 14/5603

Accede a prótesis mioeléctrica para suplir la ausencia de mano de su hijo.

 

La interesada exponía que tiene un hijo de nueve años de edad, que nació sin su mano derecha.

 

Desde el hospital Torrecárdenas de Almería lo habían derivado al hospital Virgen del Rocío de Sevilla, a efectos de implantación de una prótesis mioeléctrica, por considerar que el menor se beneficiaría con la misma.

 

Sin embargo en dicho centro exclusivamente se le propuso, por parte del cirujano ortopédico, implantarle en el brazo algunos dedos del pie, a pesar de estimar que esta debería ser la última solución.

 

Desde el área de rehabilitación del hospital infantil, tras analizar la petición, le han denegado la misma, advirtiéndole que dicha prótesis solamente se dispensa para los casos de amputados bilaterales.

 

La interesada aducía que otros niños andaluces en circunstancias parecidas habían sido remitidos al hospital San Juan de Dios de Barcelona, donde se les había proporcionado la prótesis referida.

 

No obstante tras comentar esto en Sevilla, le indicaron que dicha remisión habría de hacerse desde Almería, mientras que allí solamente se plantean enviarlos a Sevilla de nuevo.

 

Refería que su hijo necesita esta prótesis cada día más para su vida cotidiana “porque él se siente inferior a los demás y con esta prótesis mejoraría mucho su calidad de vida”.

 

Tras admitir a trámite la queja, el Defensor del Pueblo Andaluz solicitó informe de la Dirección General de Asistencia Sanitaria y Resultado en Salud, y una vez recibido el mismo, nos pusimos en contacto con la interesada a fin de darle traslado de la información que contenía.

 

La interesada por su parte nos confirmó que había recibido la cita indicada en rehabilitación del hospital Torrecárdenas, y aunque al principio parece que se plantearon problemas para la dispensación de la prótesis mioeléctrica a su hijo por no contemplarse en el catálogo la adaptación a menores, con posterioridad nos comentó que se había decidido definitivamente aprobar su prescripción, pendiendo exclusivamente de su facililtación desde una ortopedia especializada, y la realización del entrenamiento posterior.

 

A tenor de lo expuesto consideramos que el asunto que motivó su recurso a esta Institución se ha solucionado, y por este motivo concluimos nuestras actuaciones en este expediente.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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