Página 26 - Resumen Informe Anual del Defensor del Pueblo Andaluz 2012

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El programa europeo DRUID pone de manifiesto la gravedad y
consecuencias de conducir bajo los efectos de las drogas y evidencia
la falta de medios de los agentes de la policía local para realizar los
preceptivos controles.
Estudiamos un
grave riesgo
:
drogas y psicofármacos al volante
A
nte el alcance de las informaciones
que se estaban publicando sobre
la siniestralidad que provocan
quienes conducen bajo la influencia de las
drogas, la Oficina del Defensor del Pueblo
Andaluz decidió organizar, dentro de su
programación formativa anual sobre la
protección de derechos en riesgo de ser
vulnerados en el ámbito de la seguridad vial,
una Jornada informativa y formativa sobre la
necesidad de tener muy presente el riesgo
extraordinario que supone conducir en estas
circunstancias.
La cuestión es muy seria, pues en una de
las conclusiones del Informe Final realizado
en España en el marco del Proyecto Integrado
DRUID (acrónimo en inglés de Conducir
bajo la influencia de las drogas, el alcohol
y los medicamentos) de la Unión Europea
es la siguiente “
Los datos presentados
corroboran el hecho de que, en conductores
seleccionados aleatoriamente, se ha invertido
el ratio alcohol/otras drogas, de manera que
la probabilidad de conducción tras el consumo
de drogas es mayor que la probabilidad de
conducción tras el consumo de alcohol. Este
hecho puede atribuirse a que, a diferencia
del alcohol, en España no ha habido hasta el
momento política disuasoria en el ámbito de
las drogas de abuso en la conducción, siendo
las primeras pruebas a nivel nacional las
realizadas para el presente estudio”
.
Esta realidad demanda una actitud
de la ciudadanía y de los poderes públicos
que deben prevenir el riesgo en materia de
seguridad vial de “
tolerancia cero con los
conductores que consumen drogas cuando se
pongan al volante”
.
Es urgente poner a disposición de los
agentes de la policía local la formación y
medios necesarios para realizar las tareas de
control preventivo, pues según los datos de
la Dirección General de Tráfico, en cerca de
la mitad de los fallecimientos en accidente
de circulación que fueron analizados por el
Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias
Forenses el pasado 2011, se detectó que
habían consumido algún tipo de sustancias
adictivas: alcohol, drogas o psicofármacos,
bien solas o mezcladas. Para comprobarlo, se
practicó una prueba de sangre, que verificaba
si habían consumido alguna droga, y de qué
tipo. Los análisis se realizaron a 969 víctimas
mortales, de las que algo más del 70% eran
conductores, un 20% peatones y el resto,
acompañantes.
En todo caso, debemos evitar situaciones
como la que describimos en la queja 11/6257,
en la que, ante la práctica inadecuada y
consiguiente sanción a un ciudadano con
motivo de un control sobre sustancias de esta
naturaleza, fue preciso formular al Alcalde-
Presidente del Ayuntamiento de Tocina
Recordatorio del deber legal de observar lo
dispuesto en el apartado 1.7ª del artículo 796
de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. También
formulamos Recomendación para dejar
sin efecto la resolución sancionadora por
entender que la misma suponía una posible
vulneración de su derecho a la presunción de
inocencia que el art. 24. 2 de la CE garantiza
para toda la ciudadanía. La multa fue, por
este motivo, finalmente anulada.
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Resumen del
informe
anual
2012