Página 2115 - Resumen Informe Anual del Defensor del Pueblo Andaluz 2012

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INFORME ANUAL 2012
ADMINISTRACIONES LOCALES
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dificultades para dar cumplimiento a los presupuestos municipales y a la prestación en
general de los distintos servicios públicos de competencia municipal. Siendo importante -en
el caso del Ayuntamiento de Barbate- que tratamos en las presentes actuaciones- la
reiteración respecto del pago a los empleados municipales de los retrasos en cobrar los
salarios y sueldos, y con el objetivo o finalidad de evitar que se vuelvan a producir,
consideramos positivo que desde la Administración municipal se emprendan medidas para
saldar la deuda o para evitar que se reproduzcan en el futuro nuevos retrasos y posibles
afecciones a los servicios municipales.
A la vista de todo ello formulamos a la Alcaldia Presidencia del Ayuntamiento de
Barbate
Recomendación
para elaborar y aprobar el correspondiente Plan de Disposición
de Fondos, teniendo en cuenta la prelación de pago, legalmente establecida que otorga
preferencia al pago de los gastos de personal y que, coordinadamente y en colaboración
con la Administración de la Comunidad Autónoma, procediera a articular mediante los
correspondientes protocolos y convenios o acuerdos, para cada ejercicio, la participación en
los recursos de la misma, sobre la base de los principios de eficiencia, equidad,
corresponsabilidad fiscal y lealtad institucional, establecidos en la Ley 6/2010, de 11 de
Junio, de participación de los entes locales en los tributos de la Comunidad Autónoma de
Andalucía.
Ante la falta de respuesta sobre la aceptación o las razones para no aceptar la
Resolución formulada, dirigimos escritos a la primera autoridad municipal con fechas 3 de
Mayo, 6 de Junio y 14 de Agosto de 2012, instándole a que nos contestase expresamente a
lo solicitado.
Como quiera que después de que transcurrir más de ocho meses desde que
formulamos la Resolución a la primera autoridad municipal, no obtuvimos la preceptiva
respuesta, procedimos a la inclusión del expediente de queja en el Informe Anual como
establece, preceptivamente, nuestra Ley reguladora. Estos extremos se pusieron en
conocimiento del promotor del expediente de queja y de la Alcadía de Barbate.
En la
queja 12/4852,
el colectivo afectado fue el de profesionales dedicados a la
atención de las personas mayores, en concreto ante la demora del pago de los salarios a
los trabajadores y trabajadoras del Servicio de Ayuda a Domicilio en el ámbito del sistema
para la autonomía y atención a la dependencia en el Municipio de Coria del Río.
Tras la recepción del informe emitido por la Alcaldía de Coria de Río, tuvimos
conocimiento de que el Servicio de Ayuda a Domicilio en el municipio de Coria del Río se
presta a través del Organismo Autónomo “Patronato Municipal para el Bienestar Social”, del
Ayuntamiento coriano, mediante contratación de personal en régimen laboral temporal.
Dicho colectivo percibe sus retribuciones con cargo a la subvención de la
Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía; subvención cuyo abono tenía
un retraso en aquellas fechas por parte de la Agencia, si bien el primer semestre del añ0
2012 fue ingresado a mediados de Julio de 2012, por lo que las nóminas de Julio y Agosto
fueron abonadas por el propio Ayuntamiento, ante el incumplimiento y retraso por parte del
ente público Andaluz.
Consecuentemente, con la información municipal aportada resolvimos dar por
finalizadas nuestras actuaciones por encontrarse en vías de solución el asunto planteado.