1.8.1 Introducción

En el año 2014 anunciábamos en estas páginas que íbamos a in iciar tres líneas de actuación relacionadas con la necesidad de garantizar un desarrollo económico sostenible en el espacio urbano, al entender que la protección del medio ambiente, desde una perspectiva territorial, no admitía una separación, por lo demás inexistente, entre el suelo no urbanizable y el urbano.

En primer lugar, conscientes de que nuestra Comunidad Autónoma soporta unos niveles de contaminación acústica muy superior a los de la media nacional y europea, decidimos incoar una actuación de oficio ante todos los municipios de Andalucía destinada a concienciar a los gobiernos locales de que no podían tolerar, y mucho menos autorizar, la instalación de equipos de música pregrabada o la celebración de eventos con música en vivo, sin que los locales de hostelería reunieran los requisitos legales para ello.

En esta línea, enviamos a todos ellos una Resolución en la que se incluían unas recomendaciones y sugerencias para que, de acuerdo con una jurisprudencia muy consolidada de nuestro Tribunal Constitucional, Tribunal Supremo y tribunales ordinarios, asumieran la responsabilidad de impedir que muchos locales de hostelería violaran sistemáticamente los derechos constitucionales de la ciudadanía a la protección de la salud, a la intimidad en el hogar familiar, a la inviolabilidad del domicilio y al descanso, sin consecuencia alguna.

Tenemos que decir que la inmensa mayoría de las respuestas recibidas ponen de manifiesto un acuerdo total con la posición mantenida por esta Institución. Es decir, los gobiernos locales tienen información y conocen perfectamente el marco legal y las consecuencias del incumplimiento de las normas. En conclusión, sólo desde la pasividad en el ejercicio de sus competencias se puede entender que la contaminación acústica provocada por hechos de esta naturaleza pueda continuar produciéndose en nuestros municipios.

La segunda línea de actuación venía referida a la necesidad de investigar y supervisar, por las consecuencias ambientales que de ello se derivan, que todos los municipios de Andalucía depuraran sus aguas residuales con la finalidad de garantizar el objetivo fijado por la Directiva Marco del Agua y garantizar para fin de 2015 el buen estado de las aguas superficiales y subterráneas de la Comunidad. Esto es un paso previo y necesario para, al mismo tiempo, alcanzar el objetivo del vertido cero”.

Dicho con otras palabras, se trataba de verificar que la Comunidad Autónoma de Andalucía iba a dar estricto cumplimiento a lo acordado por el Consejo de Gobierno de 26 de octubre de 2010, por el que se declaraba de interés por la Comunidad Autónoma de Andalucía determinadas obras hidráulicas destinadas al cumplimiento del objetivo de la calidad de las aguas en Andalucía, en plena coherencia con la Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de octubre de 2000, y cuya ejecución tenía que haber sido efectiva para finales de 2015.

Pues bien, una vez que accedimos a distintos informes elaborados por los Colegios de Ingenieros de Caminos de Andalucía occidental y oriental pudimos verificar que decenas de infraestructuras cuya ejecución estaba prevista para la mencionada fecha límite, ni se han llevado ni se van a llevar a término en la fecha indicada.

En consecuencia, aunque más del 80% de las aguas residuales urbanas, en principio, se depura en nuestra comunidad (aunque nos consta que no todas las estaciones depuradoras de aguas residuales, EDAR, construidas funcionan o lo hacen correctamente) lo cierto es que un extraordinario número de estas infraestructuras no van a estar en funcionamiento en bastante tiempo, siendo así que además se trata de depuradoras que, en muchos casos, por la escasa entidad de población a las que van destinadas exigen una importante inversión y tienen una rentabilidad social y ambiental menor que las que se construyen en grandes núcleos de población.

Por ello, si no existe una voluntad y un compromiso claro con la sostenibilidad, va a ser muy difícil que se lleve a cabo a medio plazo la ejecución de estas infraestructuras.

Esto genera una gran preocupación en esta Institución pues supone admitir que la contaminación hídrica y del mar va a continuar por mucho tiempo, que el daño ambiental, en todo caso, es permanente e importante y que, con independencia de las prórrogas que pueda aprobar la Unión Europea, no es improbable que se impongan sanciones al Reino de España y/o a los municipios cuando es de todos conocidos que, desde hace años, se viene cobrando un canon a la ciudadanía precisamente para ayudar a la financiación de tales infraestructuras. Canon que al tener la naturaleza de impuesto no supone que el esfuerzo fiscal que haga un determinado municipio, cuente, o no, con depuradora, termine teniendo consecuencias beneficiosas en otro municipio distinto. Esto para los contribuyentes de municipios que no cuentan con un sistema de depuración y pagar el canon es difícil de entender.

El carácter impositivo del canon puede ser entendido cuando, con carácter previo, conocemos el montante total de la financiación interanual de las administraciones para conseguir el fin pretendido, al que se añadiría porcentualmente, año tras año, lo recaudado por el canon y todo ello sometido a una fecha límite y cercana.

Sin embargo, es más difícil de entender cuando no tenemos una visión clara de la financiación interanual de estas infraestructuras con cargo a los presupuestos de la Junta de Andalucía y se limita a explicar a la población que, en todo caso, el importe total del canon es inferior a la aportación que realiza la administración autonómica.

En definitiva, pagar el importante impuesto que en concepto de canon se añade a la factura del consumo del agua sin que su cobro suponga una garantía de beneficio, en términos ambientales, para la población del municipio contribuyente y sin que se sepa cuál va a ser, a largo plazo, la contribución en términos proporcionales que sobre el total va a realizar la ciudadanía, así como la fecha límite para la ejecución de todas las infraestructuras, no ayuda a dar confianza a la ciudadanía para que se sienta vinculada con los proyectos de sostenibilidad de los poderes públicos en este ámbito.

La tercera línea de actuación tenía por objeto poner de manifiesto las disfuncionalidades que afectan a nuestro espacio urbano no sólo desde la perspectiva de la seguridad vial y la accesibilidad sino también, su calidad ambiental, y ello nos parece especialmente importante en un ejercicio en el que ha tenido lugar la Cumbre de París que tantas esperanzas ha abierto en la lucha contra el cambio climático.

De acuerdo con ello, en este ejercicio hemos presentado, finalmente, el Informe Especial al Parlamento de Andalucía, que elaboramos en el año 2014, para someter a debate y consideración de los miembros de la Comisión de Fomento y Vivienda del Parlamento de Andalucía, la necesidad de apostar de manera comprometida por un modelo diferente de movilidad que necesariamente tiene que descansar en tres pilares: la potenciación de los desplazamientos peatonales, que debe ser seguro, accesible y de calidad; la apuesta clara por el transporte colectivo como alternativa al uso de los vehículos de motor, y, finalmente, la potenciación de carriles bici funcionales, que faciliten la movilidad en la ciudad.

Es muy necesario que entendamos de una forma muy diferente a nuestras ciudades, como hemos puesto de manifiesto en la Jornada que hemos organizado en este ejercicio, con el título Ciudades Inteligentes, Ciudades Sostenibles.

No tenemos un plan B, como decía el Secretario General de las Naciones Unidas, el Sr. Ban Ki-moon, porque no tenemos un planeta B; la tarea de afrontar los retos de la disminución de las emisiones de gases de efecto invernadero, la apuesta por una economía circular, el urbanismo de la regeneración, la rehabilitación y el reciclaje, la tolerancia cero con los delitos en el suelo no urbanizable, etc, deben ser ya unos objetivos urgentes e ineludibles de todas las agendas de los gobiernos a su escala nacional, regional y locales y la sociedad civil está esperando, más allá de las palabras, un compromiso serio para hacer realidad el cambio de modelo productivo y de hábitos de consumo. La Institución estará comprometida con el objetivo de garantizar la sostenibilidad de nuestro desarrollo territorial y ambiental en los próximos años.

Junto a la mayor implicación de la Institución en la apuesta por un modelo de desarrollo económico sostenible, que es un compromiso adquirido como uno de los ejes de nuestra intervención, tanto en su vertiente supervisora de la Administración, como en el de defensa de los derechos de la ciudadanía, esta Institución tiene que estar, también, alerta a los nuevos riesgos que, a veces, el conocimiento científico puede crear en paralelo con los avances que permitan a la investigación científica dar respuestas a las necesidades de la población.

Sirva como ejemplo el debate sobre el uso de los transgénicos en nuestra agricultura y, de manera singular, sobre si debe imponer algún límite a su producción aún después de ser autorizados, con carácter general, de acuerdo con la legislación comunitaria, estatal y autonómica.

En este contexto, tramitamos la queja 14/0752 en aras a que sea tenida en cuenta la Proposición no de Ley del Parlamento de Andalucía de 26 de septiembre de 2013 por lo que hemos enviado una Resolución a la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, en la que se sugería que hiciera llegar una propuesta a la Administración General de Estado para que, a su vez, si lo asumía, la hiciera llegar a las autoridades comunitarias con una finalidad muy concreta: quese prohíban los cultivos transgénicos en espacios naturales protegidos y en zonas en donde la producción ecológica o tradicional tiene una presencia importante y resulta de interés social y económico”.

Por otro lado, también en línea con la necesidad de proteger el territorio andaluz de alto valor ecológico, se ha iniciado de oficio la queja 15/3706 para que, tras la entrada en vigor de la Ley 21/2015, de 20 de julio, por la que se modifica la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes (a nuestro juicio, puede tener efectos regresivos en varios factores relevantes con la protección de estos terrenos), la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio que la Comunidad Autónoma adopte medidas, dentro de su ámbito competencial, para prevenir algunos de los efectos que se pudieran derivar de la entrada en vigor de esta Ley.