1.2.2.1.2 Sobre el uso de edificios religiosos

El Informe anterior comentaba la queja 14/5977, que vino respaldada por una relación de escritos de adhesión, en la que se exponían supuestos usos religiosos de dependencias rehabilitadas para sedes administrativas e institucionales, en la ciudad de Córdoba. Es el caso de la sede de la Diputación Provincial situada en el primitivo Convento de la Merced.

El informe solicitado a la presidencia de dicho organismo ha venido a ratificar el uso religioso de la capilla del edificio de manera condicionada y reglada mediante un convenio con la Diócesis de Córdoba. La presidencia de la Diputación viene a argumentar en dicho informe este uso religioso, negando un destino inadecuado del patrimonio público, que hoy constituye este edificio institucional, y a su vez viene a desmentir que estas actividades religiosas dificulten o limiten las labores institucionales propias de la Diputación.

Dado el tiempo transcurrido, a la fecha de realización de este Informe Anual estamos pendientes de una actualización de la situación concreta que provocó las protestas, así como información complementaria. Una vez que dispongamos de esta nueva respuesta, podremos evaluar en su conjunto la posición que merece el caso.