3. QUEJAS NO ADMITIDAS Y SUS CAUSAS

3.2 De las quejas remitidas a otras instituciones similares

3.2.2 Dependencia y servicios sociales

En materia de Dependencia y Servicios Sociales un total de 6 quejas han sido remitidas al Defensor del Pueblo de las Cortes Generales. En Dependencia, la queja 15/4704, en la que se planteaba la expulsión de discapacitadas intelectuales de un piso tutelado, dependiente del IMSERSO.

En asuntos relacionados con servicios sociales se remitieron la queja 15/0559 por el suplemento en el precio de las habitaciones individuales en viajes que organiza el IMSERSO para el caso de las personas que viajan solas; la queja 15/4956 en relación con la solicitud de reintegro de subvención concedida a una Asociación de Familias de Personas con Discapacidad Intelectual, que gestionaba varios centros y programas, y desde 2009 estaban preparando el proyecto del centro para adultos con discapacidad intelectual; la queja 14/5812 ante la devolución exigida por dicho Ministerio de Empleo y Seguridad Social por pago de la prestación de desempleo; la queja 15/4299, en la que una persona solicitaba nuestra mediación ante la Asociación Española del Cáncer al considerar que había sido expulsado por interponer denuncias sobre supuestas irregularidades en la financiación de las actividades de la AECC. Se había dirigido a la citada Subdelegación, sin respuesta.

3.2.11 Urbanismo, obras públicas y transporte

También se ha remitido a la Defensora del Pueblo la queja 15/2690 en la que el reclamante, Vicepresidente de una asociación de personas con y sin diversidad funcional, nos exponía que una de sus asociadas sufrió una discriminación a causa de su discapacidad al solicitar un autobús adaptado para el trayecto Sevilla-Plasencia (Cáceres) que cubre una determinada empresa concesionaria, único medio de transporte entre dichas localidades ya que no hay tren. El caso es que, tras avisar con antelación que deseaba viajar el día 29 de Mayo de 2015 y realizar diversas gestiones, finalmente le indicaron que no había vehículo adaptado. Por ello, pedía nuestra intervención para que fuera aplicado el Decreto 293/2009, de 7 de Julio, por el que se aprueba el reglamento que regula las normas para la accesibilidad en las infraestructuras, el urbanismo, la edificación y el transporte en Andalucía, y no se produzcan este tipo de discriminaciones. La línea de autobuses Sevilla-Plasencia queda fuera de los límites de nuestra Comunidad Autónoma. Por tal motivo se procedió a la mencionada remisión.

Informe Anual 2015