3.3.11 Desistimiento

Dentro de las 38 quejas de Administraciones Públicas, Administraciones Tributarias y Ordenación Económica que no se han admitido a trámite por desistir de su pretensión la persona interesada, destacamos aquéllas en las que éstas mostraban su desacuerdo con los impuestos municipales que se les habían liquidado, como es el caso de la queja 14/4960, en la que se presentaba solicitud ante el Ayuntamiento y el Catastro para que se modificasen los recibos de IBI en base a la Sentencia 2159/2014, del 30 de mayo del Tribunal Supremo, o la queja 15/4139, en la que se solicitaba modificación del IBI tras segregación de finca. En los citados expedientes de queja, tras requerirles que cumplimentaran diversos datos y documentación, necesarios para poder continuar con nuestra investigación, las personas interesadas no los aportaron, por lo que fueron consideradas como desistidas en aquellas quejas.

Informe Anual 2015