Página 98 - INFORME_SALUD_MENTAL_DPA

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Defensor del Pueblo Andaluz
Éste documento se emitirá al alta hospitalaria y la enfermera del Equipo de Salud
Mental deberá contactar con el paciente antes de las 48 horas desde la recepción
del informe.
5.2.2 Atención a los niños y adolescentes.
El Distrito fomentará la coordinación y cooperación de los profesionales
referentes de la atención infantil de los equipos de salud mental con los pediatras
de Atención Primaria.
5.2.3 Mejora de la Atención a los pacientes con Trastorno Mental Grave.
El Distrito evaluará el cumplimiento del protocolo de atención integral
a dichos pacientes a los que se les realizará, al menos, 7 consultas programadas
/ año, y mejorará, asimismo, la atención domiciliaria de los pacientes que lo
requieran garantizando que el número de visitas se mantenga en los mismos
niveles que el año anterior.
El Distrito asegurará que todo paciente con Trastorno Mental Grave
disponga de un Plan Individual de Tratamiento, un responsable del Plan y un
referente personal a modo de gestor de casos que garantice la ejecución de las
actividades y continúe el seguimiento del paciente. Se evaluará el cumplimiento
del protocolo de atención integral de estos pacientes en los siguientes aspectos:
• ¾ Actualización del censo de pacientes.
• ¾ Implantación del plan de individual de tratamiento basado en
una valoración integral y plan de cuidados, incluyendo atención
domiciliaria, programas de rehabilitación, psicoterapia y atención a
familiares
”.
7. 4. Diraya
Diraya es el sistema que se utiliza en el SSPA, por un lado como soporte
de la historia clínica electrónica, sistema en el que se integra toda la información
de salud de cada ciudadano, para que el facultativo correspondiente pueda
disponer de ella en el lugar y en el momento preciso para su atención, y por otro
como instrumento para la gestión del sistema sanitario.
Antecesor de este sistema ha venido funcionando en la red de salud