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La situación de los enfermos mentales en Andalucía. Abril 2013
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13. LA ATENCIÓN A LA SALUD MENTAL DE LOS
INTERNOS EN LOS CENTROS PENITENCIARIOS
13. 1. Introducción
Dispone el artículo 25.2 de la Constitución española de 1978, que el
condenado a pena de prisión que estuviere cumpliendo la misma gozará de los
derechos fundamentales consagrados en el capítulo II de su Titulo I, a excepción
de los que se vean expresamente limitados por el contenido del fallo condenatorio,
el sentido de la pena y la ley penitenciaria.
Todo interno penitenciario, en suma, dentro de los límites marcados,
tiene constitucionalmente garantizados sus derechos fundamentales, entre los
que indudablemente se encuentran los genéricos de vida e integridad física y
moral del artículo 15, de los que a su vez deriva el derecho a la protección de
la salud que, como principio rector de la política social y económica, reconoce el
artículo 43 de la Constitución.
En consonancia con ello, la Ley Orgánica General Penitenciaria 1/1979,
de 26 de septiembre (en adelante, LOGP), impone a las instituciones penitenciarias
el fin primordial de reeducación y reinserción social de los reclusos y una labor
asistencial y de ayuda para internos y liberados (artículo 1); así como obliga al
ejercicio de la actividad penitenciaria respetando, en todo caso, la personalidad
humana y los derechos e intereses jurídicos de los recluidos, a cuyo efecto,
especifica que
“la administración penitenciaria velará por la vida, integridad y
salud de los internos”
(artículo 3).
La población penitenciaria, de este modo, ostenta el general derecho de
cualquier ciudadano a la protección de su salud, con independencia de su situación
de privación de la libertad ambulatoria, resultando plenamente aplicable en el
ámbito penitenciario la normativa sanitaria general. No en vano, el artículo 10 de la
Ley General de Sanidad 14/1986, de 25 de abril, enumera los derechos que
“todos”
tienen con respecto a las distintas administraciones públicas sanitarias; debiendo
entenderse incluida entre dichas administraciones, de forma indiscutible, la sanidad