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1.9.2.1.1 Denuncias de riesgo en el entorno social y familiar de los menores

Nuestras competencias como Defensor del Menor de Andalucía nos obligan a realizar actuaciones que van más allá de una labor de supervisión de la actuación de las administraciones públicas de Andalucía.

En este contexto cuando alguna persona nos denuncia la situación de riesgo o de desamparo en que pudiera encontrarse algún menor, solicitamos la colaboración de las administraciones competentes para que emprendan actuaciones en garantía de sus derechos y bienestar.

En unos casos recibimos quejas de familiares denunciando la situación de riesgo del menor por el que sienten afecto (queja 17/6216, queja 17/1904 y queja 17/1794); en otros son los propios menores, normalmente adolescentes, los que solicitan ayuda ante la situación de riesgo en que se encuentran (queja 17/0308, queja 17/0060 y queja 17/0504).

La ruptura de la convivencia de pareja también provoca situaciones en la que desde cualquiera de las partes se solicita la intervención del Defensor para solventar el problema que les afecta (queja 17/2687, queja 17/1317, queja 17/0355 y queja 17/3778, entre otras).

Suele ser también frecuente que algún vecino, sensibilizado por la situación en que se encuentra algún menor, solicite nuestra intervención (queja 17/0595, queja 17/5495 queja 17/3885 y queja 17/6610).

En ocasiones la denuncia nos llega de forma anónima, lo cual hace que debamos extremar la prudencia en la derivación del caso a las administraciones públicas competentes (queja 17/6517, queja 17/0846 y queja 17/0802).

En todas estas denuncias, nos interesamos por las actuaciones desarrolladas por los servicios sociales comunitarios en el propio medio, así como por las posibles intervenciones de otras Administraciones, impulsando las actuaciones en curso y supervisando su acomodo a las previsiones normativas.