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1.3.2.1.2 La insuficiencia de plazas residenciales para perfiles específicos

En estrecha conexión con el apartado dedicado a la inobservancia del deber legal de resolver en plazo los expedientes de dependencia, se encuentra el de la insuficiencia de plazas residenciales concertadas. Subyace en ambos el recurrente argumento de la limitación de la disponibilidad presupuestaria.

A él se remiten diferentes informes provinciales, cuando expresan que existe un importantísimo número de expedientes en fase de resolución de recurso, imposibles de abordar en plazo y que la tardanza producida en la aprobación de los programas individuales de atención (PIAS), particularmente de aquéllos que requieren una plaza concertada en una Residencia, se debe precisamente a la limitación de la disponibilidad presupuestaria.

Insisten por ello en que la situación resulta más acentuada en el caso de residencias, al tener que limitarse al número de plazas concertadas disponibles.

La problemática es mayor cuando se trata de recursos residenciales destinados a perfiles específicos de personas dependientes, debido a su escasez.

Las intervenciones practicadas al respecto por esta Defensoría, además de perseverar en la línea ordinaria de seguimiento de los casos individuales, dirigiendo la recomendación de rigor a la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, ha ido reforzada por la incoación de queja de oficio en la que poder hacer un planteamiento general.

Aún así, los esfuerzos han sido poco satisfactorios, persistiendo el problema estructural de infradotación de las plazas, y los y las dependientes en dicha tesitura se ven supeditados a aguardar el surgimiento de una vacante en plazas que, por definición, tienen mayor demanda que disponibilidad. Defecto que la Administración intenta paliar recurriendo a una ampliación geográfica de la solicitud, autonómica, tan amplia que pocos progenitores o familiares están dispuestos a aceptar.

Tampoco son infrecuentes las quejas debido a que, ante la urgencia de algún caso concreto de necesidad de recurso residencial para estas personas, la administración haya otorgado plaza en algún centro que los familiares no consideran adecuado al perfil, sobre todo cuando se trata de patologías muy específicas que a su juicio necesitan de centros especializados en los que tratarlas y en los que, por la misma razón, suele haber muy pocas plazas, dado que la tasa de reposición de las mismas suele ser nula o casi inexistente, tal es el caso de las personas afectadas por autismo.

Antes de culminar el ejercicio 2017, la Agencia de Dependencia informó que, conscientes de esta carencia y siendo voluntad de la Administración adecuar en la medida de lo posible el número de plazas concertadas de atención residencial a las personas en situación de dependencia, las Delegaciones Territoriales están valorando conjuntamente con los Servicios Centrales de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia, todas las opciones disponibles, para garantizar lo antes posible la mejor respuesta para atender las necesidades específicas de estas personas , no obstante realizan un seguimiento permanente de los casos.

Aguardamos por ello los resultados de dicha valoración conjunta de opciones, para contar con todos los datos que nos permitan pronunciarnos.