Descarga | Imprimir

1.12.2.3.3 Necesitamos más agentes de Policía Local preparados para ejercer el control sobre la conducción bajo los efectos de las drogas

La oficina del Defensor del Pueblo Andaluz, con motivo de la tramitación de la queja 16/0707, iniciada de oficio, elaboró un documento en el que propone una serie de medidas para que los agentes de la Policía Local de Andalucía puedan contar con una formación adecuada y los medios suficientes en materia de seguridad vial y drogas.

Para su elaboración interesamos informe de la Consejería de Justicia e Interior, Federación Andaluza de Municipios y Provincias, Asociación de Jefes y Jefas y Directivos y Directivas de las Policías Locales de Andalucía (AJDEPLA) y de la Asociación de Técnicos de Educación y Seguridad Vial de Andalucía (ATESVAN).

Aunque un resumen del trabajo elaborado se puede consultar en informe queja 16/0707, la conclusión general a la que llegamos fue la siguiente:

“Las políticas de Seguridad Vial tienen una extraordinaria relevancia en todas las personas por los riesgos y consecuencias que se derivan de los accidentes de tráfico.

En la actualidad, se conoce perfectamente que la conducción bajo los efectos de las drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas supone un extraordinario riesgo para la seguridad vial y que estas sustancias están presentes, en un alto porcentaje, de las víctimas de los accidentes de tráfico.

Por este motivo, y sobre todo a partir del programa de la Unión Europea DRUID, la DGT realiza un gran número de controles en nuestras carreteras llevados a cabo por los agentes de la Guardia Civil. Sin embargo, los agentes de la Policía Local que deben ejercer este control preceptivo en las vías urbanas, con demasiada frecuencia carecen de la formación preceptiva, en los términos del art. 796.1.7º para ejercer tales controles y de los medios técnicos para la práctica de la prueba.

De acuerdo con ello, se hace muy necesario aprobar medidas efectivas que permitan ejercer esta importantísima labor por parte de la Policía Local a fin de evitar, controlar, disuadir y, en su caso, sancionar o poner a disposición de los órganos judiciales competentes a quienes conduzcan bajo los efectos de estas sustancias.

A la vista de la información recibida, formulamos las siguientes Sugerencias:

1) Sugerencia para que, a la mayor brevedad posible, se constituya una Comisión, con representación de la Consejería de Justicia e Interior, Diputaciones Provinciales, Federación Andaluza de Municipios y Provincias y las asociaciones más representativas de los cuerpos de Policía Local de Andalucía para debatir la forma en que se va a afrontar la formación de los agentes de la Policía Local en este ámbito, tanto en la propia Escuela de Seguridad Pública de Andalucía (ESPA) como mediante la impartición de cursos descentralizados, ya sea a nivel provincial, comarcal o en otro ámbito territorial que se determine.

En este contexto, sería interesante valorar la conveniencia de convocar un curso en la ESPA que tuviera por objetivo formar a los agentes de la Policía Local de las ocho provincias para que, a su vez, pudieran formar a otros agentes en ámbitos más descentralizados.

2) Sugerencia para que, dadas las competencias que se atribuye a la Policía Local en vías urbanas, a tenor de lo dispuesto en el art. 7 del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, y art. 53 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, así como lo previsto en el art. 796.1.7º de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, se aborde una modificación del Decreto 93/2003, de 8 de Abril, de Homogeneización de los Medios Técnicos de los Cuerpos de Policía Local, así como de la Orden de la Consejería de Gobernación de 15 de Abril de 2009, por la que se establecen las características y diseño de los medios técnicos de los Cuerpos de Policía Local, a fin de que se incluyan, entre el equipamiento con el que debe contar la Policía Local, los medios necesarios para poder llevar a cabo el control de la conducción bajo los efectos del alcohol y las drogas, así como aquellos otros que, conforme al informe de AJDEPLA, se consideren imprescindibles para ejercer las competencias inherentes a las funciones que desempeña la Policía Local.

3) Sugerencia a fin de que la Junta de Andalucía, a través de la Consejería de Justicia e Interior, y la Federación Andaluza de Municipios y Provincias realice una campaña informativa recordando a los municipios la obligación de asumir estas tareas de control para mejorar la seguridad vial de nuestras vías urbanas, estableciendo, al mismo tiempo, cauces de colaboración con los municipios para facilitar la formación de los agentes de la Policía Local y, en su caso, la dotación de medios necesarios para ampliar sus funciones.

4) Sugerencia a fin de que la Junta de Andalucía, en coordinación con la Dirección General de Tráfico, realice campañas informativas recordando no sólo los riesgos que conlleva para la seguridad vial la conducción bajo los efectos de las drogas, sino también para los peatones pues, según el Instituto de Toxicología y Ciencias Forenses, sobre un total de 179 peatones fallecidos en accidentes de tráfico y sometidos a autopsia, 83 casos, el 46,3 %, arrojaron resultados toxicológicos positivos al alcohol, drogas de abuso y psicofármacos o a sus combinaciones.

Informe Anual 2017