Castillo de Matrera: Conservar la ruina o reinventar el pasado, ¿hasta dónde debe llegar la intervención sobre un monumento?

Según la información ofrecida por el Ayuntamiento de Villamartín y la Delegación de Cultura de Cádiz, el proceso de elaboración de los proyectos de intervención sobre el Castillo de Matrera se había desarrollado, desde la respectiva actuación de ambas entidades, aportando los requisitos previstos para la autorización exigible, por parte de la autoridad cultural, a la hora de definir y ejecutar proyectos en bienes sometidos a la protección de la normativa cultural.

La Delegación de Cultura de Cádiz informó que los proyectos presentados han sido sometidos a su conocimiento, así como a su autorización final por entender, a juicio de los técnicos que han estudiado sendos proyectos, que las intervenciones previstas resultaban acordes con las condiciones que este Bien de Interés Cultural (BIC) ostenta.

Para centrar nuestras posición, el Defensor dirigió una resolución a las dos Administraciones. En ese texto resumíamos que las opciones por defender valores de mínima intervención, limitada a las garantías esenciales para evitar la amenaza de colapso de la torre y su estabilización, no han prevalecido en los debates de estudio sobre el proyecto finalmente autorizado. El resultado de la intervención ha generado una apreciable oposición desde sectores profesionales y científicos que expresan criterios divergentes y ha sido capaz de movilizar una polémica desde entidades ciudadanas comprometidas con la defensa del patrimonio histórico-artístico y de otros colectivos sociales. Un debate que parece acreditar la progresiva implicación ciudadana en los aspectos que afectan al patrimonio cultural y que se ha alentado en la medida en que se optaba por un singular diseño de intervención.

El resultado de la intervención ha generado una apreciable oposición desde sectores profesionales y científicos que expresan criterios divergentes y ha sido capaz de movilizar una polémica desde entidades ciudadanas”

Eludiendo cualquier ejercicio de acreditación o conformidad de las soluciones técnicas elegidas —cuestión que escapa de las funciones de este Defensor—, las discusiones acogidas en el seno de este proyecto plantean motivadamente unas discrepancias que, cuando menos, aconsejan una atemperada reflexión. Porque, atendiendo a la mera contemplación del inmueble, el proyecto deja tras su ejecución un antes y un después que resulta difícil de explicar como una mera conservación, restauración y mantenimiento.

Se ha optado por una indisimulada huella en los restos de la torre que surge transformada, dejando, además, serias dudas sobre si sus intervenciones eran inevitables como constitutivas de una única solución técnica posible para salvar los valores del monumento.

En suma, nos encontramos ante una intervención que se aproxima arriesgadamente a los criterios limitativos que la normativa establece, por lo que el resultado obtenido podría merecer un estudio en las actuaciones futuras proyectadas desde unos conceptos más leales respecto al estado original.

En todo caso, el proyecto analizado tiene el carácter de urgente y de consolidación y requiere, una vez ejecutado, la continuidad de nuevas intervenciones que deberán ser sometidas al régimen de autorización y licencia a cargo de las Administraciones competentes para su concreción final.

Capítulo 1.2.2.1 Cultura y Deportes IAC 2016