1.5.1.2 La regularización de los procesos selectivos y concursos de traslados

La controversia administrativa y judicial sobre el mérito “antigüedad” en el acceso y provisión de puestos adscritos a la función pública es sorteada tras la aprobación y publicación de la Ley 2/2016, de 11 de mayo, en materia de valoración de la antigüedad, supone el punto de partida en la regularización de los concursos de méritos, como la eliminación de las severas restricciones en las tasas de reposición en la ley de Presupuestos Generales del Estado para 2016, implica otro punto de partida en favor de las ofertas de empleo público, en las que igualmente venía a incidir el parámetro de la antigüedad.

Así a lo largo de 2016 se produce la reinstauración de los concursos de traslado en todos los ámbitos del sector público andaluz, especialmente en el de la Administración general, toda vez que en los restantes sectores se venían convocando con mayor regularidad.

Así, en el BOJA de 22 de julio de 2016, y con el precedente de la Resolución de 20 de mayo de 2016 (dictada en ejecución de diversas sentencias que venían en declarar la nulidad del artículo 54.1.2 del Decreto 2/2002, de 9 de enero, exclusivamente en lo que se refiere a la valoración del trabajo desarrollado) se convoca el anhelado concurso de traslado de los puestos adscritos al personal funcionario de la Administración General de la Junta de Andalucía.

En el mismo sentido, en los ámbitos docentes y sanitario se convocan masivos concursos de traslados a lo largo de 2016.

En relación a las Ofertas de Empleo Público, salvadas las severas restricciones establecidas en las precedentes leyes anuales de presupuestos, la Ley 1/2015, de 21 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 2016, favorece la incorporación de nuevo personal en el sector público andaluz en los sectores determinados como prioritarios por la legislación básica del Estado, hasta el máximo del cien por cien de la tasa de reposición, y, en los restantes sectores, hasta el máximo del cincuenta por ciento de dicha tasa, con un régimen específico para las entidades instrumentales y consorcios del sector público andaluz.

Así, mediante los Decretos 502/2015, de 9 de diciembre y 84/2016, de 26 de abril, se aprueba las Ofertas de Empleo de la Administración General de la Junta de Andalucía, que tiene su continuidad en el Decreto 36/2016, de 9 de febrero, relativo a la oferta correspondiente a los Cuerpos del Profesorado Docente vinculado a la Administración educativa y, finalmente, mediante el Decreto 76/2016, de 15 de marzo, para la Oferta de Empleo de las categorías sanitarias y de gestión y servicios de la Administración Sanitaria (Servicio Andaluz de Salud).