1.6.2.4 Personas menores

Durante 2015 se ha producido un moderado incremento de las quejas relacionadas -en mayor o menor medida- con cuestiones que inciden en el principio de igualdad de género.

No obstante lo anterior, el mayor número de reclamaciones en este ámbito se conciernen al derecho de familia, y más concretamente a los procesos de ruptura de la pareja con hijos a cargo. Son frecuentes las reclamaciones de alguno de los cónyuges acerca de la resolución adoptada en sede judicial sobre la guarda y custodia de los hijos en común. La cuestión de fondo es la disconformidad con el contenido de la sentencia o con las medidas cautelares impuestas en la creencia de que, para su adopción, el juzgador no ha tenido presente el interés superior de los menores sino la condición de hombre o mujer del demandante o demandado.

Muchos son los padres que se lamentan de que el juzgado no le conceda un régimen más generoso de visitas para con sus hijos menores de edad, o que se les deniegue la solicitud de custodia compartida basados en los clásicos principios de que los niños deben estar y convivir preferentemente al lado de sus madres.

Por otro lado, también se reciben quejas denunciando falta de objetividad de determinados profesionales o sobre el trato sesgado recibido a algún miembro de la pareja por su condición de varón o hembra. En unas ocasiones la denuncia se centra en una actitud “machista” de los profesionales que está dificultando unas relaciones fluidas entre madre e hija (queja 15/2035) y en otras a la inversa, se censura que los profesionales no actúen ante fenómeno sumamente complejo y controvertido como es la alienación parental (queja 15/3389).

En estos últimos casos -alineación parental- los padres suelen expresar desacuerdo con la intervención de los Punto de Encuentro Familiar (PEF) por no actuar con determinación para profundizar en los motivos por los que sus hijos rechazan las visitas. Lo que demandan los reclamantes de los profesionales de estos recursos es una intervención técnica exploratoria de los motivos por los que los menores rechazan los contacto con los padres ya que éstos son indicios de supuestos de alienación parental de los menores por parte de la madres.

Atendiendo a la delicada situación familiar existente en estos supuestos y la complejidad del fenómeno que se aduce en estas situaciones, nuestra intervención se centra en comprobar que los profesionales de los Puntos de Encuentro Familiar respectan el principio básico de neutralidad en su intervención, con autonomía suficiente para modular sus actuaciones conforme al nivel de conflictividad que pudiera existir. En cualquier caso no podemos olvidar que estos profesionales tienen encomendadas funciones de apoyo para el cumplimiento del régimen de visitas; o bien ofrecer orientación psicosocial individual o familiar (queja 15/2035).

Por otro lado, la violencia en el deporte es una lacra social que lamentablemente se ha extendido a las divisiones inferiores donde forman parte menores y jóvenes. Determinadas actividades deportivas, además, todavía parecen estar reservadas para hombres. No son pocas las presiones que han de soportar las niñas y jóvenes que deciden voluntariamente formar parte del espectáculo del fútbol, especialmente si deciden ejercer funciones de arbitraje. Durante 2015 hemos tenido conocimiento de chicas que en el desarrollo sus cometidos de árbitro han sido increpadas y han recibido, por parte los aficionados, insultos de tipología machista, incitadores de conductas violentas o vejatorias (queja 15/2052).

Informe Anual 2015