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Publicarán en el portal de transparencia las actas de Pleno municipal

Queja número 18/5970

Recibido escrito de queja en esta Institución donde el interesado solicita la publicación en el portal de transparencia de Actas de Pleno, el Ayuntamiento de Zufre, respecto del asunto que motiva la queja, nos contesta lo siguiente:

Que con fecha 20 de octubre de 2018, se contesta a Dña. (...) con el siguiente escrito que literalmente dice:

Contestando a su solicitud con número de registro 2018-E-RE de 28 de junio de 2018, sobre la publicación de las Actas de los Plenos en Sede Electrónica, le informamos que las Actas de Plenos (Ordinarios, Extraordinarios) celebrados por este Ayuntamiento, están todas publicadas en Ia Sede Electrónica, una vez que son aprobadas, por el citado órgano".

Que las actas de las sesiones celebradas por el Pleno de la Corporación son publicadas, con carácter general, en el Portal de Transparencia Municipal una vez son aprobadas por dicho órgano.”

Al respecto, debe tener en cuenta que tras la realización del acta de una sesión plenaria por el Secretario/a de la Corporación, la misma habrá de ser sometida a su aprobación como primer asunto del orden del día de la sesión ordinaria correspondiente y si resultare aprobada, se sometará entonces a la publicación pertinente.

Habiendo establecido al respecto la normativa de transparencia autonómica (articulo 10.3, de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía) la siguiente obligación respecto de las entidades locales andaluzas que deberán “publicar, además, la información cuya publicidad viene establecida en la Ley 5/2010, de 11 de junio, así como las actas de las sesiones plenarias”.

Tras un detenido estudio de dicha información, se deduce que el asunto por el que acudió a nosotros se encuentra en vías de solución por lo que con esta fecha procedemos a dar por concluidas nuestras actuaciones en su expediente de queja.

Tras un detenido estudio de dicha información, se deduce que el asunto por el que acudió a nosotros se encuentra en vías de ser solucionado, por lo que con esta fecha procedemos a dar por concluidas nuestras actuaciones en su expediente de queja.

No obstante, hemos de indicarle que si transcurrido un tiempo prudencial observase que no se realizan las actuaciones mencionadas o el problema por el que se dirigió a esta Institución continúa, podrá dirigirse nuevamente a esta Institución para poder prestarle de nuevo nuestra colaboración.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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