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MEDIDAS DE PROTECCIÓN DE DEUDORES HIPOTECARIOS QUE SE ENCUENTREN SITUADOS EN EL UMBRAL DE EXCLUSIÓN. Introducción

 
MEDIDAS DE PROTECCIÓN DE DEUDORES HIPOTECARIOS QUE SE ENCUENTREN SITUADOS EN EL UMBRAL DE EXCLUSIÓN

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El Real Decreto Ley 6/2012, de 9 de Marzo de Medidas Urgentes de Protección de Deudores Hipotecarios sin Recursos contempla una serie de medidas destinadas a evitar en unos casos, y al menos, paliar los efectos que en las personas y en las familias tiene la ejecución de los créditos hipotecarios. Tales medidas van dirigidas, fundamentalmente, a los deudores hipotecarios que se encuentran en el umbral de exclusión.
 
No obstante ello, el mencionado Real Decreto Ley contempla, también, algunas medidas a las que se pueden acoger deudores hipotecarios que se encuentran en esa situación de riesgo aunque no se puedan encuadrar en el umbral de pobreza.
 
Para facilitar orientación en torno al alcance de esta normativa así como el acceso a las direcciones de interés a las que pueden acudir las personas en riesgo de ejecución hipotecaria ofrecemos a continuación una información amplia a través de preguntas frecuentes, direcciones de interés y referencias normativas.
 
 
 

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2 Comentarios

Anónimo (no verificado) | Febrero 20, 2015

Tube q dejar un negocio y deje un autonomo de ver el ultimo mes q trabaje en el negocio, tube bonificación y cuando me me ha venido la carta son 2500 euros, hay manera demostrandi el final de ese negocio q se termino en justicia y hay papeles de q no lo tenia abierto y no tenga q pagar tan solo lo q es 1 mes con su interes, al ser emprendedora y estar en procedimiento de desahucio no puedo afrontar la situacion.

Anónimo (no verificado) | Febrero 20, 2015

Estoy a la espera de salario social desde junio y en procedimiento de desahucio, como lo paro si lo q me pertenece no me llega en exclusion social. Gracias

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