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Ayuda

Le reconocen a su abuela la ayuda a domicilio con una intensidad de 70 horas mensuales, así como el servicio de teleasistencia

Queja número 18/3350

La interesada relataba que su abuela solicitó el reconocimiento de su situación de dependencia con fecha 11 de Octubre de 2016, reconociéndosele el Grado III de dependencia con fecha de Resolución de 29 de Noviembre de 2017. Con posterioridad se elaboró el Programa lndividualizado de Atención con fecha 24 de enero de 2018, estando en la actualidad validado y enviado a la Delegación Territorial de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales, al Servicio de Valoración de la Dependencia. A fecha 6 de junio de 2018, se seguía sin prestar el Servicio de Dependencia.

La solicitud de reconocimiento implicaba la asignación de la Ayuda a domicilio con un total de 70 horas. La situación familiar era muy complicada ya que se trataba de dos personas mayores, su abuela, con la dependencia solicitada y aprobada, debido a un trastorno confusional que afectaba a la calidad de la vida familiar, que convivía con su abuelo, de 85 años de edad, y que estaba diagnosticado de una enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC), teniendo también la situación de dependencia solicitada.

Esto suponía una atención de 24 horas al día de su entorno familiar, y, por tanto, una prestación del Servicio de Dependencia que era fundamental.

Solicitado informe a la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Sevilla, se contestó que con fecha 2 de agosto de 2018 se dictó resolución aprobando el PIA de su abuela y reconociendo el derecho del acceso al servicio de ayuda a domicilio con una intensidad de 70 horas mensuales así como el servicio de teleasistencia, como modalidad de intervención más adecuada.

Puesto que de lo anterior se desprendía que el asunto se encontraba solucionado, dimos por concluidas nuestras actuaciones.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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