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Le prometen que le abonarán el pago de un premio cuando tengan liquidez

Queja número 18/2506

En relación con escrito de queja presentado en esta Institución reclamando el pago del premio OLEOCATA del Ayuntamiento de Jaén desde 2010, el Ayuntamiento de Jaén nos traslada las siguiente información:

En contestación a su escrito con nº de registro 10800016118, de 7 de mayo de 2018 en el que se interesa por la situación de D. , el cual viene reclamando el importe del Premio Oleocata 2010, he de comentarle que efectivamente el Sr. resultó premiado con el primer premio de dicho concurso dotado con 4000 euros y que dicha cantidad se halla reconocida como obligación de pago en la contabilidad del Patronato Municipal de Cultura, Turismo y Fiestas del Excmo. Ayuntamiento de Jaén.

Aunque la intención de este Patronato de Cultura, Turismo y Fiestas es el abono de dicho premio al Sr. , los ingresos de este Organismo Autónomo, resultan insuficientes para atender los pagos de nóminas, seguros sociales, IRPF, proveedores y demás obligaciones reconocidas por sentencia judicial. Por todo ello nos es imposible atender al pago de dicho premio en un corto plazo.

No obstante lo anterior y reiterando lo anteriormente expuesto, le comunico que en el momento en que gocemos de una mayor liquidez, procederemos a abonar el premio que por derecho le corresponde al Sr. ”.

Aun a pesar de la respuesta ofrecida, indicando las prioridades de gasto que deben ser atendidas, no deja de resultar anómala la situación toda vez que la propia existencia de la convocatoria del premio y la posterior concesión y reconocimiento también exigen la dotación presupuestaria acorde con el gasto que se ha previsto y que debe disponer de la partida adecuada y suficiente.

Confiamos que la Administración atienda la justa demanda del interesado en el plazo más breve posible y, en todo caso, responda y motive sus contestaciones en la medida en que las previsibles peticiones de explicación ante un situación tan manifiestamente anómala.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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