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Impulsarán su proceso judicial tras denunciar ausencia de resolución durante tres años

Queja número 18/2326

En relación con escrito de queja presentado en esta Institución solicitando el cambio de medidas de su separación sin resolución durante tres años. La Fiscalía Provincial de Almería nos traslada lo siguiente:

El cambio en la titular del Juzgado no ha supuesto ningún retraso en la tramitación del mismo, habiendo sido atendido tanto el procedimiento penal como el civil con la mayor celeridad y diligencia. En el procedimiento de Divorcio contencioso nº 44/16 se dictó Sentencia en fecha 20 de abril de 2017, no siendo firme la misma al haberse recurrido ante la Audiencia Provincial de Almería.

A ambas partes y a sus letrados se les ha atendido por el personal de este Juzgado de forma adecuada, no pudiendo informar al Sr. Sánchez de cuando saldrá el juicio al corresponder al Juzgado de lo Penal señalar el mismo, una vez se remita la causa.

En cuanto a la referencia que hace el Sr. (...) sobre la prohibición de tenencia y porte de armas, no consta en el presente procedimiento acordada tal medida cautelar, desconociendo si por parte del Cuerpo Nacional de Policía, al que pertenece el acusado, se ha adoptado alguna medida cautelar o disciplinaria interna ni las consecuencias de la misma, no teniendo este Juzgado competencia en dicha materia.

No obstante, es necesario resaltar la situación en que se encuentra este Juzgado, el cual además de la llevanza de los asuntos civiles y penales que por turno le corresponden, tiene competencia en Violencia sobre la Mujer, cuyas competencias se vieron incrementadas a partir de la entrada en vigor el pasado 1 de octubre de 2015 de la Ley orgánica 7/2015, de 21 de julio, por la que se modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial, con el consiguiente incremento de asuntos penales de tramitación ordinaria y urgente y a mayor abundamiento, desde el 1 de Enero de 2017 prácticamente no tiene exención al haberse modificado la misma, a día de hoy está exento de querellas en penal y de verbales de reclamación de cantidad en civil.

De acuerdo a lo informado la actuación del Juzgado es totalmente conforme a Derecho, y a pesar de la situación indicada anteriormente, se ha recibido en este Juzgado carta del Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial de fecha 27 de octubre de 2016 con el objeto de trasladar su felicitación por la buena marcha de este Juzgado.”

Confiamos que esta intervención de la Fiscalía logre dar un impulso a los trámites judiciales solicitados.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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