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El Ayuntamiento de Colmenar interviene ante una parcela que está siendo utilizada como establo sin autorización

Queja número 15/2707

El Ayuntamiento de Colmenar acuerda iniciar expediente para la restitución de la legalidad urbanística conculcada en una parcela que estaba siendo utilizada como establo de animales sin las debidas autorizaciones, generando una grave incidencia ambiental a quienes residen en las viviendas colindantes.

Los interesados denunciaban en su escrito de queja la situación en la que se encontraban, que calificaban de indefensión, pues padecían los malos olores a excrementos y plaga de insectos molestos (moscas, pulgas, mosquitos) molestos procedentes de un corral de ganado de ovejas existente en una parcela colindante a la suya, en el municipio malagueño de Colmenar, por lo que no podían abrir las ventanas de su vivienda, o salir al exterior.

Tras admitir a trámite la queja y dirigirnos al Ayuntamiento de Colmenar (Málaga) conocimos que éste, tras redactar un informe los servicios técnicos municipales, se había dirigido a las Consejerías de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural (para conocer si la actividad ganadera se encontraba inscrita en el Registro de Actividades Ganaderas) y a la de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio (para conocer si se había solicitado autorización ambiental unificada de la actividad ganadera), pero no había obtenido respuesta de ninguna de ellas.

Asimismo, en el informe de los servicios técnicos municipales se hacía mención a un informe previo del Servicio Andaluz de Salud (SAS) que, tras una inspección, manifestaba que la explotación ganadera objeto de la queja constaba de 100 cabezas de ganado ovino y que se verificaba la presencia de olores e insectos, concretamente moscas, comprobándose por tanto la veracidad de los hechos denunciados, hasta el extremo de que el SAS advertía que “se está incumpliendo la Ley 11/2003 en sus artículos 1, 3 y 4... En la visita de inspección realizada se ha detectado abundancia de proliferación de insectos (moscas), circunstancia que puede suponer un riesgo sanitario para los habitantes de las viviendas situadas en las inmediaciones, debido a que algunos de los insectos que proliferan pueden ser vehículo vector de enfermedades transmisibles al hombre y/o a otros animales”.

Además, también figuraba en el informe municipal que “no localiza en los archivos municipales expediente para la apertura de una actividad caprina en la parcela de referencia, como tampoco trámite ambiental o cualquier otro tipo de autorización vinculada a la misma”. Y, en cualquier caso, advertía que “la actividad ganadera denunciada incumple la parcela mínima, la separación a linderos públicos y privados, la edificabilidad máxima y la ocupación máxima, no siendo por lo tanto compatible con el planeamiento de aplicación, NNSS de Colmenar Adaptación Parcial a la LOUA, y por lo tanto no susceptible de ser legalizada por ser disconforme con el planeamiento”.

También informaba el técnico municipal que se habían constatado varias infracciones a la Ley 11/2003 en materia de bienestar animal, por la situación en la que se encontraban los animales de la explotación objeto de la denuncia, por ejemplo, no apreciarse que se mantuvieran en buenas condiciones higiénico sanitarias, considerarse que el alojamiento no era el adecuado para el tipo de animal, etc.

Por todo ello, entendió esta Institución, sin perjuicio del resultado de las actuaciones de investigación previa que el Ayuntamiento había acordado, que la explotación ganadera denunciada carecía de toda autorización posible y, en todo caso, que era incompatible con el planeamiento urbanístico de la localidad, de tal forma que no era legalizable. Por ello, interesamos del Ayuntamiento informe para conocer si se había incoado expediente sancionador y, en su caso, la clausura de la explotación ganadera, previas las diligencias necesarias de investigación y conforme a la tramitación legal que fuera de aplicación.

Tras varias actuaciones, finalmente el Ayuntamiento de Colmenar nos comunicó que la Junta de Gobierno Local había adoptado el acuerdo de iniciar expediente de restitución de la legalidad urbanística alterada por el desarrollo de actividad sin licencia, construcción de edificaciones sin licencia y parcelación urbanística, así como la incoación de expedientes sancionadores por las infracciones referidas y por la comisión de infracción medioambiental con medidas cautelares.

Dimos traslado al interesado del último informe recibido del ayuntamiento, solicitándole que nos presentara alegaciones, pero transcurrido ampliamente el plazo dado, no obtuvimos respuesta alguna.

Por tanto, entendimos que el asunto estaba en vías de solución por lo que dimos por concluidas nuestras actuaciones en el citado expediente de queja.

Si quiere presentar una queja o una consulta pinche en el siguiente enlace

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